martes, 12 de febrero de 2013

Hacienda: Aplazamiento de pagos y deudas


¿Qué impuestos puedo aplazar?

  • IRPF
  • IVA
(Desde las liquidaciones Trimestrales a las anuales, incluso anteriores)









¿Quién puede solicitar el aplazamiento a Hacienda?
  • Todos los autónomos pueden solicitar el aplazamiento de sus pagos a Hacienda.

¿Cuándo  se puede solicitar el aplazamiento de pago a Hacienda?
  • Desde que se inicia el periodo voluntario de pago de un impuesto hasta su fecha de vencimiento. 
  • En caso de no haber podido pagar durante el periodo ejecutivo.
  • Durante el Procedimiento de embargo, será necesaria una negociación especial.

¿Como  se puede solicitar el aplazamiento de pago a Hacienda?
    • Presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
    • A través de la página web de la Agencia Tributaria.
    • Telemáticamente, a través de su Asesor Fiscal.
    Será necesario:
    • Presentar una solicitud para cada impuesto pendiente de pago en la que se especifique el importe de la deuda y una propuesta de calendario de pagos.
    • Especificar claramente el motivo del aplazamiento. Aportando toda la documentación disponible a Hacienda, tanto para probar la situación de impago, como para demostrar que podrá hacer frente a las nuevas propuestas de pago. 
    • Para deudas superiores a 18.000 euros. Necesitara: Un aval Bancario o un Seguro de Caución.






    ¿Plazo para pagar la deuda?

    En la solicitud de aplazamiento hay que presentar una propuesta de calendario de pagos que Hacienda podrá aprobar o desestimar, en cuyo caso es posible que plantee un calendario alternativo. 
    En caso de no aprobación ,el solicitante, recibirá una carta de pago por el total de la deuda y por lo menos habrá ganado algo de tiempo.

    Si no se hace frente a alguno de los pagos, Hacienda anulará el aplazamiento y podrá iniciar el procedimiento de apremio, que incluye la posibilidad de ejecutar embargos. En estos casos se aplicará un recargo que puede oscilar entre el 20% y el 35%.

    ¿Coste tiene el aplazamiento de la deuda?

    • Se aplicara el interés legal del dinero, que en 2013 se fija en el 4%, en el caso de ofrecer aval.
    • El 5% de interés de demora, si se solicita sin garantías. 


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    1 comentario:

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