lunes, 4 de junio de 2012

"Licencia exprés" para nuevos pequeños comerciantes.


"Licencia exprés" para nuevos pequeños comerciantes.


El Consejo de Ministros, ha aprobado la eliminación de las licencias municipales previas para la apertura de pequeños comercios, con una superficie inferior a 300 metros cuadrados. Iniciativa que el Gobierno no descarta aplicar a locales mayores y a otro tipo de actividades.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, señalaba en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se aprobaba "un mínimo común denominador para todos los ayuntamientos, pero las comunidades autónomas pueden ir ampliando y desde luego el Gobierno irá revisando su entrada en vigor y su funcionamiento para poder ir generalizando este sistema".
Según ha explicado, la iniciativa está pensada en un primer momento para establecimientos de menos de 300 metros cuadrados, aunque no se ha descartado que el Gobierno permanezca "muy pendiente" de su funcionamiento para poder ampliarla a locales mayores y otro tipo de actividades de las previstas en el Real Decreto-Ley.
Sáez de Santamaría destacaba que dicha medida, trata de buscar cambiar la cultura administrativa de nuestro país, liberalizar el comercio, simplificar los procedimientos, agilizar trámites y acabar con la burocracia, pero sobre todo apoyar a los emprendedores, que en estos momentos de crisis no deberían tener ninguna dificultad para abrir y sacar adelante sus negocios.

LAS ACTIVIDADES AFECTADAS
Al comercio minorista, entre otros:

Alimentación, frutería, carnicería, pollería, charcutería, pescadería, panadería, pastelería, heladería, tiendas de caramelos, bodegas y autoservicios de alimentación.

Además se suman:

Textil, confección y hogar, peletería, herbolario y parafarmacia, perfumería, droguería, equipamiento del hogar, muebles, aparatos electrónicos, ferretería, material de construcción y saneamiento, bricolaje, venta de automóviles y accesorios, óptica, ortopedia, instrumentos musicales, antigüedades, librería, papelería, juguetería, joyería y plantas.

En la pequeña industria artesanal, están incluidas:

Las actividades vinculadas al calzado y textil


Mientras que en las actividades de servicios se incluyen:

Agencias de viaje, actividades de promoción inmobiliaria, reparación de ropa y zurcido, reparación de calzado, peluquerías, institutos de belleza y estética, servicios de fotocopias y de enmarcación.


EXCLUIDAS
Las actividades que tengan un impacto justificado y proporcionado en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de servicio público.

La nueva normativa, sustituye el procedimiento de solicitud de licencias municipales, que obligaba a esperas de hasta 24 meses para iniciar la actividad, por un régimen de presentación de declaraciones responsables o comunicaciones previas a la actividad, facilitando el inicio y desarrollo de este tipo de negocios en particular; y la actividad económica en general. 
España ocupa el puesto 133 en una lista de 183 países, clasificados en función de los trámites necesarios de cumplimentar para abrir un negocio, según el estudio Doing Bussiness 2012 elaborado por el Banco Mundial. Las cifras aportadas por la OCDE, ponen de manifiesto que España, es el segundo país de Europa en el que existen más trámites a la hora de crear una empresa. "Estamos en muy mala situación a la hora de dar oportunidades para abrir negocios" aseguraba la vicepresidenta, que explicaba la nueva situación administrativa con " el caso práctico de una zapatería ".


Caso práctico:  Abrir una zapatería

Según detalla Sáez de Santamaría, el "periplo" hasta ahora contemplaba que el promotor del negocio hacía determinadas obras y pedía las licencias, los inspectores analizaban si se cumplían todas las ordenanzas, el comerciante pagaba los impuestos y "una vez tramitado todo el expediente y cuando se notificara, podría abrir".
"Ahora no va a depender ese tiempo de la administración, decido abrir la zapatería, sé que tengo que cumplir una serie de requisitos, voy con una declaración responsable, pago mis impuestos y al día siguiente abro, que luego vendrán inspectores para ver si se cumple" agregaba, antes de subrayar, que de este modo el empresario no tiene que estar "pagando el alquiler y con zapatos que se están pasando de moda esperando una licencia".
Desde el Gobierno se afirmaba que esta medida trata de dar apoyo a un sector económico que aporta el 5% al Producto Interior Bruto (PIB) y emplea a 1,8 millones de trabajadores, con unos 600.000 locales y 435.000 empresas.
Fuente: Empleo elpais.com

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domingo, 3 de junio de 2012

Ayudas municipales a la contratación 2012




Descripción
Subvención destinada a fomentar la contratación y la estabilidad en el empleo, así como favorecer la inserción del colectivo de personas desempleadas residentes en el municipio de Valencia, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, estableciendo ayudas económicas destinadas a apoyar su contratación indefinida.

¿Quién lo puede solicitar?
Aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención, siempre que cumplan los requisitos.


Requisitos
    Que la contratación sea indefinida.
    Que la/s contratación/es objeto de la ayuda sea o haya sido entre el 14 de septiembre de 2011 y la fecha de presentación de la solicitud.
    Que la persona contratada esté en situación de desempleo e inscrita como desempleadas por un periodo ininterrumpido de, al menos, un mes previo a la contratación objeto de la subvención, en los correspondientes centros SERVEF.
    Que la persona contratada esté empadronada en el municipio de Valencia, durante un periodo mínimo de 6 meses previo a la presentación de la solicitud, empadronamiento que deberá mantenerse como mínimo hastaun año después de dicha contratación.
    Mantener el empleo creado durante 1 año.
    No haber solicitado otras subvenciones por la misma contratación.

Cuando solicitarlo


Convocatoria 2012: Desde el 8 de mayo hasta el 5 de septiembre de 2012. 
Las solicitudes deberán
presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de la contratación.
Para las contrataciones formalizadas en el periodo previo a la publicación de estas bases, el cómputo del plazo de 2 meses se iniciará a partir del día siguiente de su publicación 


Documentación a presentar y lugar de presentación


Solicitud (según modelo oficial normalizado acompañada de la documentación indicada en las  bases)
Presentación documentación: Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Valencia.

Recursos
    Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes).
    Directamente, recurso contencioso-administrativo (plazo de interposición: dos meses).

Información Complementaria
Por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo completo una subvención de 5.000 euros por cada persona contratada, que serán 6.000 € en caso de que la persona contratada sea menor de 30 años o mayor de 45 años. 

Por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, una subvención de 3.000 € por cada persona contratada, que serán 4.000 € en caso de que la persona contratada sea menor de 30 años o mayor de 45 años. 

Estas ayudas quedan limitadas a un máximo de 5 contrataciones por beneficiario, sea cual sea su tiempo de dedicación.


Enlace a la pagina del Ajuntament de València,  donde podreis encontrar las bases y la solicitud Pincha aquí


Fuente: Ajuntament de València


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