lunes, 1 de abril de 2013

Autónomos y Prestación por desempleo



COBRAR EL PARO Y SER AUTÓNOMO AL MISMO TIEMPO


El objetivo de esta medida es  apoyar al emprendedor y estimular el crecimiento y la creación de empleo, y así, mejorar la protección social de los trabajadores autónomos.

Cobrar el paro o prestación por desempleo, ha sido siempre incompatible con el hecho de ser autónomo e iniciar una actividad por cuenta propia.

Ahora esto ha cambiado  con la aprobación del RealDecreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero.

  1.    Reanudar el cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia.
  2.    Compatibilizar el cobro del paro con el hecho de estar de alta en el Régimen de autónomos.



Al darse de alta, el autónomo perdía la posibilidad de cobrar en el futuro la prestación por desempleo que le quedase pendiente, siendo su única alternativa optar por el pago único o capitalización del desempleo.












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martes, 12 de febrero de 2013

Hacienda: Aplazamiento de pagos y deudas


¿Qué impuestos puedo aplazar?

  • IRPF
  • IVA
(Desde las liquidaciones Trimestrales a las anuales, incluso anteriores)









¿Quién puede solicitar el aplazamiento a Hacienda?
  • Todos los autónomos pueden solicitar el aplazamiento de sus pagos a Hacienda.

¿Cuándo  se puede solicitar el aplazamiento de pago a Hacienda?
  • Desde que se inicia el periodo voluntario de pago de un impuesto hasta su fecha de vencimiento. 
  • En caso de no haber podido pagar durante el periodo ejecutivo.
  • Durante el Procedimiento de embargo, será necesaria una negociación especial.

¿Como  se puede solicitar el aplazamiento de pago a Hacienda?
    • Presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
    • A través de la página web de la Agencia Tributaria.
    • Telemáticamente, a través de su Asesor Fiscal.
    Será necesario:
    • Presentar una solicitud para cada impuesto pendiente de pago en la que se especifique el importe de la deuda y una propuesta de calendario de pagos.
    • Especificar claramente el motivo del aplazamiento. Aportando toda la documentación disponible a Hacienda, tanto para probar la situación de impago, como para demostrar que podrá hacer frente a las nuevas propuestas de pago. 
    • Para deudas superiores a 18.000 euros. Necesitara: Un aval Bancario o un Seguro de Caución.






    ¿Plazo para pagar la deuda?

    En la solicitud de aplazamiento hay que presentar una propuesta de calendario de pagos que Hacienda podrá aprobar o desestimar, en cuyo caso es posible que plantee un calendario alternativo. 
    En caso de no aprobación ,el solicitante, recibirá una carta de pago por el total de la deuda y por lo menos habrá ganado algo de tiempo.

    Si no se hace frente a alguno de los pagos, Hacienda anulará el aplazamiento y podrá iniciar el procedimiento de apremio, que incluye la posibilidad de ejecutar embargos. En estos casos se aplicará un recargo que puede oscilar entre el 20% y el 35%.

    ¿Coste tiene el aplazamiento de la deuda?

    • Se aplicara el interés legal del dinero, que en 2013 se fija en el 4%, en el caso de ofrecer aval.
    • El 5% de interés de demora, si se solicita sin garantías. 


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